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viernes, 12 de octubre de 2012cermi.es semanal Nº 50

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Actualidad

El tercer sector de la discapacidad pide a la Defensora del Pueblo que recurra ante el Tribunal Constitucional las últimas modificaciones de la Ley de Autonomía Personal

06/10/2012

El tercer sector de la discapacidad representado por el CERMI ha pedido a la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, que su Institución plantee ante el Tribunal Constitucional un recurso contra el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en la parte de esta norma que modifica determinados aspectos de la Ley 39/2006, de 14 de noviembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Al tratarse de una norma de rango legal, sólo cabe ser impugnada ante el Tribunal Constitucional, por organismo o instancia legitimada, atribución con la que cuenta el Defensor del Pueblo como alta institución para la defensa y protección de los derechos de todos los ciudadanos. Los sectores sociales no pueden por sí mismos recurrir normas legales, por lo que han de acudir a organismos legitimados para ello como es la Defensoría del Pueblo.

Para fundamentar su petición, el CERMI acompaña a su escrito a la Defensora del Pueblo un completo informe jurídico en el que se examinan pormenorizadamente las modificaciones legales operadas por el Real Decreto-ley de 13 de julio en la Ley de Autonomía Personal, y se establece si son acordes con los preceptos constitucionales, o se ha producido algún tipo de desviación o contradicción con la Carta Magna.

Las conclusiones del dictamen jurídico son que las reformas de la Ley 39/2006 introducidas el pasado mes de julio son contrarias a la Constitución, tanto por motivos de forma como de fondo, por lo que hay motivo legal suficiente para el recurso de inconstitucionalidad ante el máximo intérprete de la Constitución.

El CERMI espera que la Defensora del Pueblo haga suyas estas consideraciones estrictamente legales e interponga el recurso para que el Tribunal Constitucional tenga la oportunidad de pronunciarse y en su caso reponga los derechos presuntamente vulnerados por las últimas modificaciones de la Ley 39/2006.

  • El CERMI se dirige a la Defensora del Pueblo
  • El CERMI presenta su petición en la oficina de la Defensora del Pueblo
  • El CERMI presenta su petición en la oficina de la Defensora del Pueblo
  • El CERMI ante el edificio de la Defensora del Pueblo
  • El CERMI ante el edificio de la Defensora del Pueblo
  • El CERMI ante el edificio de la Defensora del Pueblo
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